¿Qué es el CUD, cómo tramitarlo, y qué hacer en caso de extravío?

El Certificado Único de Discapacidad (CUD) permite acceder a una cobertura integral de prestaciones de rehabilitación, medicación y ortesis que la persona necesite debido a su patología. 

El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es de suma importancia ya que permite acceder a una cobertura integral de prestaciones de rehabilitación, medicación y ortesis que la persona necesite debido a su patología; así como al pase de transporte, la Asignación por hijo por discapacidad,  escuelas especiales y el símbolo internacional de acceso. Además, facilita la realización de diferentes gestiones. 

Documentación y trámites para obtener el CUD 

Para tramitar el CUD debe presentarse el Diagnóstico Completo Original, con secuelas funcionales, expedido por un médico especialista, y según la patología, se requiere una planilla complementaria. Este Diagnostico debe contemplar fecha, firma y sello del profesional que corresponda según la patología; puede ser de hospital público, obra social, privado u otro establecimiento médico; y no debe tener más de seis meses al momento de presentarse. 

También se debe adjuntar los Estudios Médicos Complementarios o informes de profesionales intervinientes según la patología. Por último, el DNI/LC original y fotocopia legible, y CUIL de la persona a ser evaluada.  

En caso de que la persona tuviera obra social deberá adjuntar el carnet y fotocopia del último recibo de sueldo si el paciente trabaja, y de no ser así, del familiar que lo tenga a cargo.  

Si la persona con discapacidad es menor de edad deberá adjuntar la partida de nacimiento (original y fotocopia); DNI del padre o de la madre original y fotocopia. La misma persona que figure será quien deba acompañarlo a la junta médica el día indicado. Vale resaltar que el domicilio de ambos debe coincidir. En caso de no tener el domicilio actualizado en el DNI, deberá acreditarse mediante certificado de domicilio expedido por el Registro Civil. 

Por otra parte, en caso de robo o extravío del CUD, se deberá realizar la denuncia en el Registro Civil y en segundo lugar concurrir a la Dirección de Políticas Inclusivas con la denuncia pertinente. 

Para Pensiones No Contributivas por invalidez se tramita el Certificado Médico Oficial (CMO). La solicitud de la pensión se realiza exclusivamente con turno el cual se pide a través de la página web de la ANSES con clave de Seguridad Social. Además, en forma paralela deberá realizar el CMO digital en un hospital público. 

 La Dirección de Políticas Inclusivas NO gestiona Pensiones No contributivas. 

Si ya se inició una Pensión No Contributiva por Invalidez, se debe consultar el estado del expediente o por otras consultas comunicarse al 0800-555-3472 o por correo electrónico a:  consultatupension@andis.gob.ar 

CÓMO TRAMITAR DE URGENCIA EL DNI FÍSICO Y PASAPORTE 

El trámite debe realizarse oficina correspondiente a la jurisdicción de residencia.

 Se encuentra disponible la posibilidad de realizar el trámite de forma presencial para obtener un nuevo DNI físico (tarjeta) o Pasaporte en una oficina de los 24 Registros Civiles provinciales o de CABA, o en una oficina del Renaper, en cuarentena. 

  Para esto, se debe contactar una oficina correspondiente a la jurisdicción de residencia, justificar la urgencia y aportar la documentación, además del nombre, apellido, DNI, correo electrónico, teléfono de contacto y datos del domicilio a uno de los siguientes canales de atención detallados en en esta página. 

NUEVO SISTEMA ONLINE PARA LA AUTOGESTIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO

Los datos se cargan desde el hogar. Mamás y papás solo tendrán que presentarse en el Registro con turno asignado. Se reduce el tiempo de contacto y exposición entre el personal y el público.

Para reducir el tiempo de contacto entre empleados y padres de recién nacidos y de esta forma minimizar el riesgo de contagio, el Registro de las Personas puso en marcha un sistema de carga de datos online para realizar el trámite de la partida de nacimiento. Ya se aplica en todo el territorio bonaerense.

El ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires habilitó un sistema digital para gestionar partidas de nacimiento, en la página web del Registro Provincial de las Personas . Los papás y las mamás sólo deberán concurrir a las delegaciones del Registro para firmar el acta al finalizar la gestión y una vez que el documento haya sido confeccionado por el personal del Registro. El turno será otorgado por la delegación del Registro correspondiente.

La Ministra de Gobierno de la Provincia, María Teresa García explicó que “desde el Registro de las Personas nuestro trabajo apunta a garantizar el derecho a la identidad de los y las bonaerenses y en este contexto de pandemia mundial también nos esforzamos al máximo para cuidar la vida y la salud de todos”. “Por esa razón pusimos en marcha este sistema de autocarga de datos que evita la aglomeración de personas en espacios reducidos, así cuidamos a los papás y las mamás que tienen que completar este trámite y también protegemos a nuestros trabajadores y trabajadores que realizan una tarea esencial como es el registro de los nacimientos”, agregó García.

Con esta medida, la Provincia busca reducir al mínimo el tiempo de contacto entre empleados administrativos y el público asistente a las delegaciones y de esta forma minimizar el riesgo de contagio tal como lo establecen los protocolos sanitarios. Hasta ahora, la confección de la partida con la toma de datos de forma presencial, demoraba en promedio 30 minutos en los cuales los trabajadores y las familias estaban en contacto.

Con la autogestión online de la partida, se podrá reducir al mínimo esa exposición ya que los progenitores serán convocados con turno previamente asignado, una vez que la planilla ya esté terminada y al solo efecto de firmar el documento.

¿CÓMO SE COMPLETA LA PARTIDA DE NACIMIENTO ONLINE?

•             Los progenitores deben ingresar a la web del Ministerio de Gobierno, en la sección del Registro de las Personas y hacer click en el botón de “Solicitud de Inscripción de Nacimiento” .

•             Para la carga de datos se necesita el troquel de “constatación de parto” que entrega el centro de salud luego del nacimiento del niño o la niña.

•             Una vez en el formulario de solicitud de inscripción se completan los datos del bebé y de los progenitores. También deben seleccionar la delegación correspondiente (figura en el troquel de la constatación de parto). La información suministrada se trasforma en una Declaración Jurada.

•             Esa solicitud es recibida por los agentes del Registro de las Personas, quienes realizan el labrado del acta. Una vez confeccionada, se envía automáticamente a la delegación y el sistema otorga el turno a los progenitores para que concurran a la delegación, firmen y retiren el acta.

•             Los padres/madres solo concurren a firmar el acta (obligatorio por ley 14.078) y el tiempo de contacto entre ellos y los agentes del Registro se reduce considerablemente.