PRORROGAN LA PROHIBICIÓN PARA DESPEDIR EMPLEADOS Y EL PAGO DE LA DOBLE INDEMNIZACIÓN

La medida será por 90 días y fue resuelta por la «emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar el coronavirus».

El Gobierno nacional decidió prorrogar por 90 días la vigencia de la normativa que prohíbe los despidos y extender la obligatoriedad del pago de una doble indemnización para los casos de cesantía por todo el año 2021, informaron fuentes oficiales.

De este modo, las empresas privadas no podrán despedir empleados sin justa causa ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo, como ya está vigente.

Esta extensión de la medida condice con lo dispuesto desde el comienzo de la pandemia de coronavirus y ante la intención de algunas compañías de echar personal por la retracción de la actividad.

El primer decreto rigió desde el 1° de abril, luego se dispuso una prórroga desde el 1° de junio y hubo una tercera disposición a partir del 1° de diciembre.

La medida fue resuelta por la «emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar» la pandemia de coronavirus.

De acuerdo con el Decreto 891/2020, publicado en el Boletín Oficial, la prohibición de despidos y suspensiones finalizaba el 29 de enero próximo, por lo que el Gobierno decidió prorrogar la medida durante la reunión de Gabinete Económico que se realizó hoy.

«La pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente -más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos», había expresado el Gobierno en esa última prórroga.

La prohibición de despidos fue ordenada inicialmente el 31 de marzo último, por medio del DNU 329/2020, en la primera etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) dispuesto por la pandemia.

Fuente: Télam.

PRORROGAN NUEVAMENTE LA DOBLE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO

La medida se prorrogó hasta el 25 de enero próximo y establece que «en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización».

El Gobierno prorrogó hasta el 25 de enero próximo, la doble indemnización a la que tendrán derecho los trabajadores en el caso de despido, en el marco de la «emergencia ocupacional» que rige desde el inicio de la gestión del Frente de Todos y que se extendió por la pandemia de coronavirus.

«Amplíase hasta el 25 de enero de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada el 13 de diciembre de 2019 y ampliada el 9 de junio de 2020», apunta el decreto 961, firmado por el presidente Alberto Fernández y sus ministros, y publicado este lunes en el Boletín Oficial.

En ese sentido, la medida establece que «en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización».

El decreto recuerda que tres días después de la asunción de Fernández se declaró la «emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días y se estableció que, en caso de despido sin justa causa durante la vigencia de dicha norma, el trabajador afectado tendría derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente».

En cuanto al sector público, el decreto aclara que «extender los alcances de este decreto estaría desprovisto de toda razonabilidad» porque «serviría para que se amparen en ella altos directivos con responsabilidades jerárquicas que pretenden encontrarse abarcados por las previsiones de la norma«.

Fuente: Télam.