Polémico fallo de la Corte Suprema interviene en las medidas sanitarias del Ejecutivo Nacional

El jueves 15 de abril el Gobierno Nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 241/2021, estableció una serie de medidas para hacerle frente a la nueva ola de coronavirus que golpea al mundo. Entre estas se encuentra la suspensión de clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El gobierno porteño, con Horacio Rodríguez Larreta a la cabeza, expresó su disconformidad con la decisión y expresó que “Las medidas eran inconsultas. Lo que es inexplicable que haya sido así, más cuando veníamos teniendo reuniones constantes durante los últimos días para hablar de qué medidas podíamos tomar para frenar la suba de casos”. Por lo que presentó un pedido ante la Corte Suprema de Justicia para que se declare institucional esa parte del DNU. 

Desde esa presentación a esta parte, se sucedieron diversas resoluciones judiciales de distintas jurisdicciones, entre ellas la sala de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ordenó que se garantizaran las clases presenciales. Lo que le permitió a Rodríguez Larreta continuar con la presencialidad hasta que la Corte resolviera. 

El día de ayer, el máximo tribunal respaldó el reclamo del Gobierno de la Ciudad resolviendo por unanimidad de los 4 jueces que votaron (Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda) que el Gobierno Nacional violó la autonomía porteña al suspender las clases presenciales en las escuelas. En el mismo se señaló que, según la Constitución, las explicaciones dadas por el Gobierno Nacional no alcanzan para tomar una medida tan drástica. 

El fallo retomó, a su vez, que la Corte a través de la jurisprudencia reconoció que la Ciudad de Buenos Aires tiene un “puesto equiparable al de las provincias” y el “mismo derecho a la competencia originaria de esta Corte.” En este sentido, señaló que el Estado Nacional puede regular la educación en algunos aspectos, pero que corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la atribución para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de los ciudadanos para su bienestar. 

El voto de la Corte sostiene además que las explicaciones dadas por el Ejecutivo Nacional sobre el uso del transporte público, la circulación masiva en el AMBA y el aumento de casos en menores de edad, no alcanza para justificar el ejercicio de una “competencia sanitaria federal”.

El Gobierno Nacional respondió al fallo con un comunicado firmado por el Secretario de Comunicación y Prensa, Juan Pablo Biondi, donde señaló que la sentencia tiene “consideraciones indicativas” sobre un DNU que ya no tiene vigencia y que fue reemplazado por el DNU 287/2021 que adopta otros parámetros epidemiológicos y sanitarios específicos. Finalmente, adelantó que enviarán al Congreso una Ley marco para “regular la gestión de esta gravísima pandemia”. 

DECLARAN SERVICIO PÚBLICO A INTERNET, TELEFONÍA MÓVIL Y TV PAGA Y CONGELAN TARIFAS HASTA FIN DE AÑO

  La medida fue anunciada por el presidente Alberto Fernández quien firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que declara servicio público a internet, telefonía móvil y fija y tv paga. Además, congela todas las tarifas hasta el 31 de diciembre. 

   De esta manera, quedan suspendidos los aumentos del 10 y el 15 por ciento que tenían previsto Movistar, Telecom Personal y Claro para septiembre. De aquí en adelante, los aumentos no podrán ser sin aprobación del estado. 

  El primer DNU firmado por el ex presidente Mauricio Macri fue para modificar diferentes puntos de la Ley de Medios. Uno de ellos daba de baja el poder regulatorio del Estado en esta materia. En este sentido, Alberto Fernández explica que se están «recuperando herramientas regulatorias que el Gobierno anterior quitó al Estado». 

Además, resaltó que «la educación, el acceso al conocimiento, a la cultura y a la comunicación son derechos básicos que debemos preservar. Por eso, hemos ordenado que de aquí en adelante haya planes inclusivos de prestación básica, universal y obligatoria para quienes menos tienen». 

ALBERTO FERNÁNDEZ SUSPENDE LAS REUNIONES SOCIALES EN TODO EL PAÍS

 La secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, lo había anticipado ayer en el Reporte Matutino que hace el Ministerio de Salud de la Nación diariamente. La funcionaria aseguró que en las reuniones sociales se distienden las recomendaciones básicas como ventilar los ambientes, lavar las superficies, toser en el pliegue del codo, usar tapabocas o lavarse las manos.  

   Hoy por la mañana el presidente Alberto Fernández firmó el decreto de necesidad y urgencia número 641 que regirá hasta el 16 de agosto. 

   La medida fue tomada luego de ver un incremento de casos en las provincias que pasaron del ASPO (aislamiento social, preventivo y obligatorio) a DISPO (distanciamiento social, preventivo y obligatorio), por lo que se tomó la decisión de restringir las reuniones sociales en todo el territorio nacional. 

   El objetivo de la prohibición de los encuentros sociales fue, tal como lo resaltó ayer Vizzotti, para controlar los lugares donde hay brotes, e impedirlos en los lugares donde no aparecieron. 

  Se espera que las provincias establezcan sus réplicas locales a la determinación del ejecutivo nacional, teniendo en cuenta sus realidades particulares.