Vence hoy el DNU con restricciones por la pandemia y el Gobierno nacional anuncia su prórroga

Continuará el parámetro del semáforo epidemiológico, que establece distintos tipos de restricciones según la situación sanitaria en cada distrito del país. Se extenderá durante las próximas dos semanas.

El Gobierno nacional anunciará este viernes los alcances de un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con medidas de cuidado para mitigar el avance de la segunda ola de coronavirus que atraviesa el país, y que continuará con el parámetro del semáforo epidemiológico, que establece distintos tipos de restricciones según la situación sanitaria en cada distrito del país.

«El DNU se va a renovar con los mismos parámetros que se vienen aplicando hasta ahora, con el fundamento de aplicar criterios objetivos y que no haya mucha más discusión», anticipó anoche el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, en declaraciones a la señal de cable A24.

El nuevo DNU -que comenzará a regir esta medianoche- se extenderá por las próximas dos semanas, mientras el Gobierno nacional espera que la Cámara de Diputados debata la ley de «Emergencia Covid» que el jueves obtuvo dictamen favorable en un plenario de comisiones.

Este proyecto establece un marco normativo sobre parámetros epidemiológicos y sanitarios para mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus.

El objetivo del Gobierno nacional era obtener el jueves la sanción de la norma, ya aprobada por el Senado, antes de que venza este viernes el DNU vigente con restricciones, pero ante la falta de acuerdo con la oposición, la propuesta deberá ser tratada en una nueva sesión dentro de dos semanas.

En sus declaraciones de anoche, Cafiero ratificó que la nueva norma va a extenderse por «dos semanas» a la «espera» de que «se termine el tratamiento de la ley que también copia estas medidas», por lo cual, aclaró, «cuando se apruebe, tampoco va a cambiar» el criterio para adoptar las restricciones.

El DNU se va a renovar con los mismos parámetros que se vienen aplicando hasta ahora, con el fundamento de aplicar criterios objetivos y que no haya mucha más discusión

El DNU que vence este viernes estableció nueve días de aislamiento estricto (entre el 22 y el 30 de mayo); luego cinco días con mayores habilitaciones (del 31 de mayo al 4 de junio); el pasado fin de semana (5 y 6), nuevamente con restricciones más duras, y los últimos días de esta etapa (del 7 al 11 de junio) otra vez con medidas más laxas.

El parámetro sanitario que rige actualmente, incluido en el proyecto de ley que se trata en el Congreso, establece la división del país en cuatro categorías, de acuerdo con los riesgos: bajo, mediano, alto y alarma epidemiológica y sanitaria.

El jueves, Cafiero, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, se reunieron con el comité asesor de expertos para evaluar la situación sanitaria nacional .

En ese encuentro, los epidemiólogos que asesoran al presidente Alberto Fernández calificaron de «alarmante» que las vacaciones de invierno se extiendan 14 días a raíz de la «movilidad que generaría en todo el país», y los expertos lo consideraron una «antesala de la tercera ola», por lo que propusieron «separar» esa instancia en «períodos más cortos».

Según pudo saber Télam de fuentes oficiales, los expertos recomendaron al Poder Ejecutivo mantener «medidas similares» a las actuales en los distritos que estén en alarma epidemiológica.

Previamente, Cafiero había recibido en su despacho de Casa Rosada a sus pares de provincia y Ciudad de Buenos Aires, Carlos Bianco y Felipe Miguel, respectivamente, para analizar los datos epidemiológicos en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) que integran ambas jurisdicciones.

En ese encuentro, que se extendió por 50 minutos, se destacó «el descenso paulatino» de los casos pero se coincidió en que «aún falta mucho camino por recorrer».

Fuentes oficiales indicaron que se considera la posibilidad de «volver a tener períodos» de aislamiento «durante el invierno, es decir, aprovechar los feriados y semanas cortas».

También remarcaron que, después de aquellos nueve días de aislamiento obligatorio, las medidas «fueron eficaces» para bajar los casos en todo el país, con excepción de Córdoba, que «explotó».

El Gobierno nacional está preocupado por la situación sanitaria en Córdoba y también por la suba de casos en Chaco y Jujuy.

En el encuentro dejueves, los expertos «defendieron el semáforo epidemiológico y reiteraron que debe haber mayores controles por parte de las jurisdicciones» ante «el récord de ocupación en camas de unidades de terapia intensiva».

 

FINALIZA LA VIGENCIA DEL DECRETO QUE CONGELA LOS ALQUILERES Y SUSPENDE LOS DESALOJOS

A partir del 1 de abril los contratos podrán actualizarse y las familias que hayan acumulado deuda deberán acordar planes de pago de hasta 12 cuotas contemplados en la normativa o enfrentar juicios de desalojo.

El decreto de congelamiento de alquileres y prohibición de desalojos, que estuvo vigente durante un año, concluirá este miércoles, por lo cual el Gobierno puso en marcha esta semana un protocolo para asistir a las familias con problemas habitacionales.

De esta forma, tras un año de congelamiento de los alquileres, medida que se tomó en el marco de las medidas económicas de emergencia por el coronavirus, a partir del 1 de abril los contratos podrán actualizarse y las familias que hayan acumulado deuda deberán acordar planes de pago de hasta 12 cuotas contemplados en la normativa o enfrentar juicios de desalojo.

Este martes por la mañana, el referente de Inquilinos Agrupados Gervasio Muñoz dijo -en declaraciones radiales- que «la única herramienta para que las familias no queden en la calle es extender el decreto».

«Llegamos a esta situación preocupados porque hay un montón de familias que sencillamente el día de mañana no saben a dónde van a ir a vivir porque, o acumulan deuda o tienen imposibilidad de pagar nuevos alquileres o de juntar todo el dinero para entrar a un departamento nuevo; es una situación muy complicada», detalló.

Este martes, la Federación de Inquilinos Nacional realizó un «ruidazo inquilino» en distintos puntos del país «para denunciar el abuso del mercado inmobiliario por los aumentos de precios y las condiciones cada vez restrictivas para poder acceder a una vivienda en alquiler».

Asimismo, la manifestación apuntó a «pedirle al Gobierno que extienda el decreto que suspende los desalojos para evitar una crisis habitacional, social y humanitaria en el medio de la segunda ola».

Por otra parte, sostienen que es necesario implementar un «plan de desendeudamiento de las familias inquilinas» y el «control para el cumplimiento efectivo de la ley de alquileres vigente desde hace 10 meses».

A principios de marzo, el ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat, Jorge Ferraresi, anticipó a Télam la no extensión del decreto y afirmó que a partir de abril «no habrá posibilidad de desalojos sin mediación», una instancia que se creó en la nueva Ley de Alquileres.

Además, el Gobierno implementó la obligatoriedad de registrar los contratos de alquiler en AFIP, lo cual de no cumplirse es un impedimento para el propietario en caso de querer avanzar en un desalojo.

Un protocolo para casos de desalojo
Por otra parte, esta semana se creó el «protocolo de riesgo temprano de desalojo» con el objetivo de asistir a las familias que se encuentren en situación de desalojo ante el inminente vencimiento del decreto.

A través de la Resolución 88/2021, se instruyó la elaboración y aprobación del Protocolo Nacional de Alerta Temprana de Desalojos de Vivienda Única y Familiar en Regímenes de Alquileres Formales.

Se establecerán los criterios de priorización de las personas, teniendo en consideración a las familias monoparentales, en situación de violencia de género, a las personas con discapacidad, mayores o en situación de vulnerabilidad, entre otros.

Al respecto, el secretario de Desarrollo Territorial, Luciano Scatolini, remarcó a Télam que “esta decisión representa un Estado sensible que no mira para el costado ante una circunstancia que todos deseamos que no se produzca, que tiene que ver con el desalojo de familias”.

“Vamos a trabajar en articular el esfuerzo del Estado en revertir esta situación habitacional a partir de una oferta de viviendas, y mientras tanto tener una respuesta, con un protocolo con pasos concretos, para atender la situación de cada familia y dar una solución habitacional a partir del financiamiento que el Estado hace de los programas de viviendas”, señaló Scatolini.

Explicó que se hará “un relevamiento de información fehaciente de sentencias que se podrían llegar a ejecutar, con un criterio de prioridad de situaciones de mayor vulnerabilidad”, y agregó que “también vamos a realizar un relevamiento con las unidades ejecutoras de soluciones habitacionales de todo el país que arman el listado de adjudicatarios de viviendas para que dentro de esos listados se priorice a personas en situación de desalojo”.

INFO: Télam.

FERNÁNDEZ DEROGÓ TRES DECRETOS DE MACRI QUE HABILITABAN EL VOTO POSTAL ANTICIPADO

Los decretos alcanzaban a ciudadanos y ciudadanas argentinas residentes en el exterior, a personas privadas de libertad y a los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad afectadas al operativo electoral.

El Gobierno nacional formalizó este viernes la derogación de tres decretos firmados por el expresidente Mauricio Macri, en 2019, que modificaban la metodología para votar contemplada por el Código Electoral nacional y que habilitaban el voto postal anticipado sin la aprobación del Congreso.

La medida fue adoptada por el presidente Alberto Fernández, por medio del Decreto 166/2021 que fue publicado en el Boletín Oficial, con la firma también del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro del Interior, Eduardo «Wado» de Pedro.

Los decretos anulados alcanzaban a ciudadanos y ciudadanas argentinas residentes en el exterior, a personas privadas de libertad y a los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad afectadas al operativo electoral.

El decreto menciona que «mediante los decretos 54/19 y 55/19 el Poder Ejecutivo nacional creó un régimen de voto anticipado para las personas procesadas que se encuentran cumpliendo prisión preventiva y para los y las agentes subordinados y subordinadas al Comando General Electoral, respectivamente».

En ese punto, se remarca que ambos decretos «constituyen una flagrante violación al orden jerárquico establecido por el artículo 31 de la Constitución nacional, cuya aplicación impide que un decreto pueda modificar una ley».

En paralelo, enfatiza que «conforme al artículo 99, inciso 2 de la Constitución nacional, el Presidente o la Presidenta de la Nación es quien expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias».

Por ello, se asegura que los «mencionados decretos fueron dictados excediendo las potestades reglamentarias del Poder Ejecutivo nacional, por cuanto en ambos casos se modifica la fecha de una elección que ya se encuentra definida por ley».

En el mismo sentido, se considera que el PEN se excedió cuando por el artículo 12 del decreto 233/19 se estableció que las disposiciones de los decretos 54/19 y 55/19 «serían de aplicación a partir de la elección que tendrá lugar en el año 2021».

El jueves, la secretaria de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior, Patricia García Blanco, había adelantado la derogación de los decretos. “La Constitución nacional es clara, un decreto no puede modificar una ley y menos en materia electoral. Cualquier propuesta vinculada a los cambios de fecha o metodologías de votación debe pasar por el Congreso de la Nación y ser respaldada por una mayoría especial de votos”, dijo.

Las normas anuladas habilitaban el sufragio universal de manera anticipada en o vía postal, pese a que esas modalidades no están contemplada en la ley electoral.

Los decretos 54/2019 y 55/2019 fijaban un régimen de voto anticipado para los «electores procesados que se encuentran cumpliendo prisión preventiva» y para los agentes afectados al Comando General Electoral.

Sin embargo, desde la cartera de Interior indicaron que es «un cambio de procedimiento que no puede ser modificado mediante decreto».

Ambas directivas fueron suspendidas en mayo de 2019 por Macri, a raíz de la impugnación de diferentes fuerzas políticas que cuestionaron la utilización de un decreto para cambiar los procedimientos electorales.

En el caso del decreto 45/2019, que habilitó la votación vía postal y anticipada para ciudadanos argentinos residentes en el exterior fue declarado inconstitucional por la jueza federal porteña María Servini, en mayo de 2019.

Con posterioridad, la Procuración de la Corte Suprema de Justicia dejó en claro que ese decreto era «incompatible con los criterios fijados por normas de jerarquía superior que regulan la materia electoral», básicamente por tratarse de un voto «no presencial».

La Procuración concluyó que, tal como fija la ley, es materia del Congreso de la Nación aprobar esos cambios, de acuerdo a mayorías especiales.