TELETRABAJO: LA NUEVA LEY ENTRARÁ EN VIGENCIA EL 1 DE ABRIL

La norma fue aprobada por el Senado el 30 de julio del año pasado y regula la modalidad laboral a distancia. El primer artículo deja en claro que no se aplica cuando las tareas se desarrollan en dependencias o sucursales de los empleadores ni en establecimientos de empresas tercerizadas.

El Gobierno nacional estableció que el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo, previsto por la Ley Nº 27.555, entrará en vigencia el 1 de abril próximo, según una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial. Así quedó establecido mediante la Resolución 54/2021 del Ministerio de Trabajo.

El régimen fue aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado y regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.

La reglamentación de la Ley 27.555 había sido publicada el mes pasado en el Boletín Oficial a través del Decreto 27/2021, con las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo establece que «las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular».

Tampoco «en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional».

En tanto, en el anexo publicado, se detalla que los artículos 2°, 3° y 4° vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral quedaron sin reglamentar.

El artículo 5°, referido al derecho a la desconexión digital, precisa que cuando «la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral».

«En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)», dice la normativa y aclara que «no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión».

«Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos», puntualiza el texto.

En cuanto a las tareas de cuidado, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, «deberá comunicar en forma virtual y con precisión» el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza.

«En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva», agrega el artículo 6°.

INFO: Télam

RADIO LATINA Y LA RADIO PÚBLICA DE MORENO, LAS MÁS ESCUCHADAS

Así lo confirmó la Consultora de Estudios y Opinión Pública (CEOP), y anunciado por el director de la Radio, Alejando Echazarreta.

    Alejandro Echazarreta, director de la Radio Pública de Moreno, dio a conocer en declaraciones radiales que, en enero del 2021, la 90.7 fue la segunda radio más escuchada por la audiencia en Moreno, según la CEOP.  

   “Nosotros venimos trabajando desde que se abrió la Radio Pública en el 2015, y en esta gestión en particular en el tema comunicacional la Intendenta nos dio vía libre para que sigamos, como siempre, con la pluralidad de todas las voces posibles” afirmó el director, y prosiguió, “es un trabajo colectivo que viene de todo el equipo de Comunicación del Municipio, que debo reconocer” 

  La Radio Pública de Moreno es un proyecto que nació en el 2014, en el marco de la Ley de Servicios de Radiodifusión. El municipio de Moreno cumplía 150 años cuando nació la radio a cargo de vecinos y vecinas de Moreno, pensada desde y para el territorio, y en tan sólo seis años se convirtió en la radio preferida de la audiencia, junto a Radio Latina –en primer lugar-, una radio privada con más de 30 años de trayectoria. 

MAYORES DE 14 AÑOS PUEDEN ACTUALIZAR EL DNI EN LAS OFICINAS DE RENAPER

Desde hoy sábado, 6 de Febrero, se puede actualizar el DNI en 45 municipios.

Desde este sábado la Provincia de Buenos Aires se suma al Programa “Sábado Joven” y abrirá las puertas de los registros civiles en 45 municipios del AMBA para la tramitación de la actualización del DNI a mayores de 14 años. Las y los interesados deberán solicitar turno para la atención. 

El Ministerio de Gobierno de la Provincia, a través del Registro de las Personas se suma a la iniciativa del RENAPER y los días sábados abrirá las delegaciones en municipios del conurbano bonaerense para la actualización de DNI de mayores de 14 en forma exclusiva. 

Para participar de esta iniciativa los y las interesadas deberán solicitar turno aquí. En el sitio web también podrán consultar cuáles son las delegaciones que participan de este programa en la provincia de Buenos Aires.