ATP: EL GOBIERNO EXTENDIÓ HASTA FIN DE AÑO LA AYUDA PARA EL PAGO DE SALARIOS

Se publicó en el Boletín Oficial el decreto que extiende el programa hasta el 31 de diciembre.

El Gobierno confirmó que el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) a través del cual el Estado asiste a las empresas con parte del pago de los salarios de sus empleados, continuará hasta fin de año.

«Extiéndese la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) establecido por el Decreto N° 332/20 y sus modificatorios, hasta el 31 de diciembre de 2020″, resolvió el Gobierno en una medida que se concretó a través del Decreto 823/2020 publicado en el Boletín Oficial.

La última etapa del ATP tuvo cambios, y a partir de la sexta ronda se estableció que el salario neto resulte equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada hasta agosto de 2020.

Además, se ratificó que el Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto, con lo cual el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 Salario Mínimo, Vital y Móvil  ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos Salarios Mínimos ($ 33.750).

El programa de asistencia prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación interanual accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto.

Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%.

Ese crédito a pagar en cuotas a 12 meses tiene, además, un incentivo para las empresas ya que podrán transformar parte o todo el préstamos en subsidios del Estado en función de la creación de puestos de trabajo, a partir de parámetros de empleo interanuales.

El trámite para acceder a un crédito a tasa subsidiada -que se acredita directamente en la cuenta bancaria del trabajador- se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.

EL GOBIERNO PRORROGÓ HASTA EL 31 DE ENERO LOS PRECIOS MÁXIMOS

Las empresas de alimentos, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza están obligadas a mantener congelados sus precios.

El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de enero próximo la vigencia de los Precios Máximos para 18 categorías de productos, a través de la Resolución 473/2020 de la Secretaría de Comercio Interior publicada hoy en el Boletín Oficial.

Los Precios Máximos se iniciaron el 19 de marzo último. La medida determina que las empresas de alimentos, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza están obligadas a mantener congelados sus precios.

En un principio se retrotrajeron los precios de los artículos al 6 de marzo, pero a mediados de julio pasado se autorizaron aumentos de 2% a 5%; y a principios de este mes se permitieron nuevas subas entre 2% y 6%.

La resolución, asimismo, intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización “a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida”.

El programa Precios Máximos incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas.

También rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.