Como cada 20 de septiembre, hoy se conmemora el Día del Jubilado ya que en 1904 se sancionó la primera Ley N° 4.349 de jubilación, donde se creó la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones, un beneficio previsional para empleados/as/es públicos del Estado Nacional.
Este beneficio se fue ampliando hacia otros sectores que en algún momento habían realizado aportes por su actividad. En esta sintonía es necesario resaltar que en el 2008 Cristina Fernández de Kirchner promulgó la Ley 26.425, que les permitió tener una jubilación a todas aquellas personas que habían tenido trabajos no regularizados y no tenían aportes patentados. Esto fue una política histórica ya que, por ejemplo, a las amas de casa se les reconoció por primera vez la labor doméstica como un trabajo.
Como así también es fundamental destacar políticas como los medicamentos gratis y el lanzamiento de el Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Servicio por Tareas de Cuidado. Esta política de ANSES de reconocimiento de tareas de cuidado que suman a los años de aportes jubilatorios de acuerdo a la cantidad de hijos y por cada licencia por maternidad.
Este programa permitirá que 155.000 mujeres accedan a una jubilación a pesar de no contar con los 30 años de servicios requeridos entre sus aportes registrados y los períodos que pueden reconocerse por la actual moratoria. Esta medida que gestionó Fernanda Raverta a la cabeza de ANSES, sería imposible de adoptar si Cristina Fernández de Kichner no hubiera vuelto a estatizar los fondos de las AFJP en su primera presidencia.
Esta decisión, que es sin dudas una valoración de las tareas de cuidado que siempre son y han sido relegadas a las mujeres y desestimadas en lo laboral, es un avance profundamente feminista y trascendental en nuestro país. Reconocer las tareas de cuidado significa hacerse cargo de las desigualdades estructurales y patriarcales y poder garantizar el derecho a una jubilación digna.
Asimismo, desde el punto de vista normativo, hay que tener en cuenta que en la actualidad contamos con la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores que postula en su artículo 18, que el Estado debe garantizar el trabajo digno, decente e igualdad de oportunidades, sea cual fuere su edad y promover medidas que faciliten la jubilación. La convención facilita el acceso al reconocimiento de derechos no solo para los profesionales sino para cualquier ciudadano que quiera conocer sus derechos.
En el contexto de las sociedades mediatizadas resulta necesario continuar abriendo interrogantes, formulando preguntas y generando discusiones sobre el rol de las personas mayores y re-significar prejuicios y estigmatizaciones para concretar instancias de visibilización, inclusión e integración social.